INFORMACIÓN PÚBLICA DE OFICIO


  • Art.37 Los sindicatos que reciban y/o ejerzan recursos públicos en el ámbito estatal o municipal
    • I. Su estructura orgánica en un formato que permita vincular, por cada eslabón de la misma, la remuneración mensual
    • II. El marco normativo aplicable
    • III. Nombres de los agremiados
    • IV. Toma de notas
    • V. El directorio de los trabajadores del sindicato que aparezcan en la estructura orgánica, con nombre y fotografia
    • VI. El domicilio, número de teléfono y en su caso, dirección electrónica y de redes sociales del sindicato
    • VII. El currículum de los trabajadores dirigentes que aparezcan en la estructura orgánica del sindicato
    • VIII. Los convenios y contratos que celebre el sindicato con cualquier persona de derecho público o privado
    • IX. Nombre, domicilio laboral y en su caso, dirección electronica del responsable de la unidad de atención
    • X. Las solicitudes de acceso a la información pública y las respuestas que se les dé, incluyendo, en su caso, la información entregada , a travéz del sistema electronico correspondiente
    • XI. Respecto de los contratos celebrados por el sindicato, un listado que relacione el número de contrato, su fecha de celebración, el nombre o razón social del proveedor y el monto del valor total de la contratación
    • XII. La entrega de recursos públicos, cualquiera que sea su destino, incluyendo la asignacion de personal
    • XIII. Acta de la asamblea constitutiva
    • XIV. Lista con el nombre de los patrones, empresas o establecimientos en los que se prestan los servicios
    • XV. Los estatutos debidamente autorizados
    • XVI. El acta de la asamblea en que se hubiese elegido la directiva
    • XVII. Los informes de ingresos y gastos realizados
    • XVIII. Los contratos colectivos de trabajo de sus agremiados